lunes, 14 de diciembre de 2009

Demanda de la Nación Kuna al Estado panameño por las tierras de Nurdargana (límite con Santa Isabel, Colón)


Playa Colorada, límite con Santa Isabel, donde están  los cocales de los moradores de Wichuwala

Delegados de las comunidades que visitaron los límites con Santa Isabel, Colón, durante la sesión extraordianaria celebrada en Nalunega de 2008.

Resumen (conclusión) de la demanda presentada por la Nación Kuna contra el Estado Panameño



La Organización de Estados Americanos

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos

Petición alegando violaciones a los

Derechos Humanos de las Comunidades Kunas de Gardi, Comarca Kuna Yala,

en la región de Nurdargana (Playa Colorada) por parte de la República de Panamá

Presentado por los representantes de los Pueblos Indígenas:

Congreso General Kuna Centro de Asistencia Legal Popular

de Kuna Yala República de Panamá

República de Panamá Héctor Huertas González

Gilberto Arias Vía España

Ariel González Edificio Brasilia, Oficina 9B

Ancón, Calle Croton Ciudad de Panamá

Edificio 820 XB Teléfono: 507-223-5351/507-2631970

Tel 507 3141293 Facsímil: 507-264-6529

Fax 507 3141298 Cealp@cealp.org

Sec-general@Congresogeneralkuna.org

30 de Noviembre de 2009


IX. CONCLUSION

La violación de los derechos humanos a la propiedad y acceso a la justicia son evidentes en la petición presentada por el Congreso General Kuna (CGK) en nombre de las mas de 20 comunidades de la región de Gardi que dependen de los territorios de Nurdargana. De acuerdo a la Convención y otros instrumentos internacionales, la Republica de Panamá esta obligada a proteger los derechos humanos de los indígenas y en caso de no existir una disposición de su derecho interno, adoptar el mismo para que se puedan respetar los derechos indígenas.

Además, la institución de la propiedad colectiva y derechos colectivos tienen rango constitucional y la republica de Panamá actúa con discriminación al momento de no legislar a favor de las tierras indígenas y, si establece una legislación, la establece ineficiente, a fin de que no se pueda implementar, lo que denota mala fe y racismo frente a los derechos indígenas.

Las autoridades Kunas han hecho un recorrido casi histórico y muchos de los representantes indígenas que le llamaron la atención a las autoridades panameñas desde su separación con la Gran Colombia han muerto y otros están esperando las promesas de parte de las autoridades panameñas en lo mas de las diez décadas que tiene, la solicitud de los Kunas de titulacion y son ancianos.

Las autoridades indígenas no solo hicieron lo imposible a través de cartas, peticiones, iniciativas de programas del gobierno, permitir estudios de las autoridades panameñas y la presentación de reclamos judiciales a nivel administrativo y judicial, sin encontrar ninguna respuesta por parte de las autoridades panameñas.

De las más de 5,000 hectáreas que representan el territorio de Nurdargana, dependen más de 200 familias indígena y de las cuencas hidrográficas existentes en la región de Nurdargana dependen la salud de más de 10,000 personas y la práctica de la caza y medicina tradicional que practican las comunidades de Gardi y su sobrevivencia.

La situación es apremiante, ya que en el área, se encuentran grupos armados contratados por los inversionistas holandeses y franceses y su objetivo es impedir que las comunidades Kunas de Gardi tengan acceso a sus Nainus y territorios y es un foco que puede desembocar en asesinatos masivos de indígenas Kunas. A las áreas normalmente acuden hombres, mujeres y niños a las faenas agrícolas y tradicionales.

El Gobierno no cumplirá con sus obligaciones, ni proporcionara ningún medio adecuado para proteger los derechos indígenas de propiedad, que incluye los recursos naturales aguas, costas y mares, tal y como lo ha demostrado a lo largo de estos 90 anos que a durado la presente reclamación, y los antecedentes de las cortes panameñas hacen suponer que ante intereses económicos, como lo es el turismo y la especulación comercial de las tierras, los intereses de estos son los que prevalecen.

La admisión de esta petición es una cuestión de vida o muerte para las comunidades indígenas Kuna de Gardi y es la esperanza de mujeres, y niños indígenas que ante la inminente desaparición de sus islas por los efectos del cambio climático son sus territorios continentales la esperanza de sobrevivencia de la cultura, para el futuro de sus generaciones.

Los peticionarios esperan que los comisionados evalúen el merito de la presente solicitud y debido a lo urgente del caso, remitan al Estado panameño para sus observaciones y se convoque a una audiencia de admisibilidad para el próximo periodo de sesiones, en el 2010.

Respetuosamente,

POR LOS PETICIONARIOS,

POR EL CONGRESO GENERAL KUNA

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GILBERTO ARIAS ANIBAL ESCALA

SAHILA DUMMAD SAHILA DUMMAD

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INOCENCIO MARTINEZ DEMOSTENES A. GONZALEZ

SAHILA DUMMAD SECRETARIO

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BOLIVAR LOPEZ CANSUET

SUB- SECRETARIO

CENTRO DE ASISTENCIA LEGAL POPULAR (CEALP)


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LCDO. HECTOR HUERTAS GONZALEZ

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